domingo, 27 de diciembre de 2015

Reclamaciones a la vista.


  Al igual que el año está terminando, este blog también lo está haciendo, por lo que quiero que mi última entrada sea especial e interesante. Durante este cuatrimestre he estado centrada en los productos defectuosos, y a lo largo del blog os he ido dando ejemplos y explicándoos la Ley (a veces el 22/1994 y otras el 1/2007) para que en el día de mañana pudieseis ponerlo en práctica. Por ello hoy os daré los últimos retoques a vuestro aprendizaje.

  Toda compra tiene una garantía con la que las marcas deben cumplir, aunque muchas veces, por el hecho de querer ahorrarse dinero, las fábricas y empresas no nos informan sobre cuales son nuestros derechos respecto a este tema. Por ello, asociaciones como Ocu o Facua han investigado sobre ello y puesto a mano la duración de la garantía dependiendo del producto. De este modo, en caso de reclamación, el consumidor puede hacerlo ante vendedor o fabricante.



    Así, en caso de cualquier problema aquí tenéis algunas soluciones que os pueden ser útiles. Y para finalizar, os deseo un feliz año nuevo y que la seguridad ante los productos defectuosos esté siempre de vuestra parte.

sábado, 19 de diciembre de 2015

Una botella y su gas.


     Hoy en día es muy difícil prevenir a los niños de los productos defectuoso, pues nunca se sabe dónde te encontrarás con ellos. Hay veces que éstos pueden ser un auténtico peligro, tanto que pueden rozar la muerte si no estamos pendientes de nuestros pequeños familiares. 


    De este modo, interpretando la ley mencionada anteriormente, sabemos que esto transcurrió durante el plazo de 10 años que dice el artículo 13, donde el consumidor podrá hacer uso de su derecho: 

Artículo 13. Extinción de la responsabilidad.
Los derechos reconocidos al perjudicado en esta Ley se extinguirán transcurridos diez años, a contar desde la fecha en que se hubiera puesto en circulación el producto concreto causante del daño, a menos que, durante ese período, se hubiese iniciado la correspondiente reclamación judicial.
    
     Así pues, gracias a esta entrada he descubierto que nuestros derechos como consumidores, haciendo referencia a la ley 22/1994, son utilizables tan sólo en un plazo, por lo que no podemos demandar cuando queramos, sino que debemos seguir la normativa impuesta. Como en todas las anteriores entradas también he dicho, creo que debería de haber un cambio en la normativa para endurecer el mundo del control de los productos, y así no tener miedo a daños que nos puedan causar en el futuro; mejor aún, no preocuparnos de lo que nos pueda pasar, como en este caso, al abrir una botella con gas. 

martes, 8 de diciembre de 2015

La prótesis mamaria y sus consecuencias.

    Los estándares de belleza de hoy en día hace que miles de mujeres pasen por el quirófano para conseguir ese modelo que tantas desean. Quitar arrugas, arreglar nariz y ponerse unas tallas de más de pecho. Estas operaciones cuentan con riesgo  como que no quede tal y como nos gustaría, o bien porque puede causar algún daño en el/la cliente. Los productos que mayores problemas causan son las prótesis mamarias, pues ya apareció por ejemplo el caso de una chica en el programa de televisión “100 formas de morir” en el que en el despegue de un avión sus pechos explotaron por mala calidad del producto, convirtiéndose así, en producto defectuoso por los daños ocasionados.


    El deseo por parte de algunas personas de conseguir el físico ideal tengan o no el dinero suficiente lleva a que éstas pasen por el quirófano sin tener por seguro cual es la calidad de los instrumentos o de los productos que se van a utilizar. Aunque es complicado que estos productos estén totalmente controlados, gracias a la normativa que hoy en día está vigente los clientes pueden sentirse seguros y respaldados en casos de daños por productos defectuosos.

lunes, 7 de diciembre de 2015

Postes en proceso de descomposición.

La agricultura es un mundo muy complejo y difícil, en donde hay que tener cuidado con la calidad de los materiales que se comparan, ya que eso puede complicar la producción o el trabajo en sí. En la entrada de hoy se hablará de un hecho vivido de primera mano. Se trata de los postes que se ponen en el viñedo para la sujeción de las cepas.

Mis padres, dueños de unas viñas en Urdaibai, han vivido el tema de los productos defectuosos de primeras mano, y es que los postes que han comprado parecen ser un claro ejemplo de esto. El caso es que tuvieron que comprar esos postes hace ya unos cuantos años. Al principio todo iba bien, eran duros y resistentes. Sin embargo, a medida que el tiempo iba pasando los postes de madera se rompían. Al ver que eso no era normal y que no habían hecho nada para que eso ocurriese decidieron llamar a la empresa de donde los habían conseguido. Y en efecto, eran productos defectuosos. Los postes no habían sido tratados de la manera que se debía de hacer por algún problema en su fabricación, ya que normalmente a estos se les suele dejar en baño en unos líquidos para conseguir de la madera una mejor calidad. Al principio la empresa se negó a ayudar, pero tras una amenaza de llevarlos a los juzgados, accedieron a cambiar cada poste que se rompiese.

Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, art 8 Derechos básicos de los consumidores y usuarios.· La protección contra los riesgos que puedan afectar su salud o seguridad.
· La protección de sus legítimos intereses económicos y sociales; en particular frente a las prácticas comerciales y desleales y la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos.
· La indemnización de los daños y la reparación de los perjuicios sufridos.
· La información correcta sobre los diferentes bienes o servicios y la educación y divulgación para facilitar el conocimiento sobre su adecuado uso, consumo o disfrute.
· La audiencia en consulta, la participación en el procedimiento de elaboración de las disposiciones generales que les afectan directamente y la representación de sus intereses, a través de las asociaciones, agrupaciones, federaciones o confederaciones de consumidores y usuarios legalmente constituidos.
· La protección de sus derechos mediante procedimientos eficaces, en especial ante situaciones de inferioridad, subordinación e indefensión.

En conclusión, se debe tener por seguro qué producto se va a adquirir cuando se refiere a materiales que afectan al negocio, ya que puede salir más caro de lo normal. Se debe hacer presión a las empresas, aunque gracias a la ley mencionada cada día es más fácil conseguir el respeto de éstas.