sábado, 10 de octubre de 2015

Intoxicación en un balneario.

           
              Los productos defectuosos no sólo los encontramos en nuestro a día a día, sino que también podemos encontrarlos en nuestras vacaciones. Los alimentos son el tipo de producto defectuoso muy peligroso para la salud de una persona, ya que su fallo son los menos visibles y al mismo tiempo los más dañinos. En la entrada de hoy hablaremos sobre ello, un caso que sucedió en un balneario.              
          
             Aunque a simple vista parezca algo raro, así fue como lo consideró el juez. Tras cuatro días de la pareja en el spa, el marido sufrió de gastroenteritis por una bacteria que se encontraba en los alimentos que ingirieron. La pareja denunció por el suceso, donde, en primera instancia, no ganaron, pero el cual más tarde el juez consideró como daño causado por producto defectuoso siguiendo la ley 22/1994, pues este caso se sitúa en 2006. Así pues, la Audiencia Provincial de Barcelona condenó a la empresa a devolverles la cantidad de dinero con la que habían pagado, además de 2500€ para cada uno de ellos por los daños causados y ocho días de baja padecidos. Sin embargo, la responsabilidad por el daño también recayó en la agencia de viajes ya que ellos también debían de asegurarse de que lo que vendían era de "calidad". 

         Investigando he podido descubrir que los casos de intoxicación alimenticia en vacaciones son entre en 35 y 50%. Por ello, Mapfre nos da unas pautas a seguir como beber agua embotellada, y en caso de ver que no es segura llevarse consigo tintura de yodo, o incluso no comprar comida ambulante. 

                    Así pues debemos tener todas las alarmas activas incluso yendo de vacaciones pues nunca se sabe en dónde nos encontraremos con un producto defectuoso. Aún así, hay que ser consciente de que la normativa aplicada es la del años 1994, ya que, como ya se ha indicado, sucedió en 2006, un año antes de la ley 1/2007.
   
         

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